SIMPOSIUM SOBRE CRISIS DE
PROPUESTA RECIBIDA A LA 3 ª SESIÓN
REPRESENTANTES, REPRESENTADOS Y LEALTAD REPRESENTATIVA
REPRESENTANTE, GRUPO POLÍTICO Y GRUPO PARLAMENTARIO
SOBRE EL FUNCIONAMIENTO DEL GRUPO MIXTO
Autora: Paloma Requejo Rodríguez , profesora titular de Dº Constitucional. Universidad de Oviedo
Propuesta: Establecer en los Reglamentos del Congreso y del Senado un régimen de funcionamiento interno del grupo mixto que asegure el respeto a las diferentes representatividades que están presentes en él
Justificación: En las Asambleas legislativas actuales son los grupos parlamentarios y no los parlamentarios individuales los verdaderos artífices de la vida de las Cámaras.
En nuestras Cortes su presencia se manifiesta en el ámbito orgánico a través de los miembros que designan en proporción a su importancia numérica en
En el ámbito funcional su voz muchas veces es la única audible en las distintas discusiones que se suscitan en las Cámaras al hilo de las diferentes fases del procedimiento legislativo o del impulso y desarrollo de mecanismos de control del indirizzo gubernamental.
Hoy por hoy si se quiere acceder a los órganos y a las funciones parlamentarias hay que pertenecer a un grupo.
Si desde el pluralismo y la representatividad resulta procedente facilitar la creación de distintos grupos parlamentarios, lo cierto es que no son éstos los únicos criterios a los que se ha de atender; la gobernabilidad, la operatividad y la eficacia de las Cámaras desaconsejan la fragmentación excesiva que pudiera provocar, por ejemplo, una reducción del número de parlamentarios exigible para formar grupo.
Cuando los miembros de una formación política con representación en las Cámaras no pueden alcanzar este mínimo imprescindible para tener grupo propio, automáticamente se incardinan en un grupo mixto, cuya existencia se justifica como una garantía de que todos los representantes puedan disfrutar de las facultades y ventajas que, como hemos señalado, los Reglamentos sólo confieren a los grupos y no al parlamentario singular.
Pero la igualdad que se pretende resulta en la práctica una ficción, pues el número potencialmente ilimitado y la diversidad ideológica de los componentes del grupo mixto hacen que no puedan desarrollar en toda su amplitud las actuaciones que reglamentariamente se confieren a todos los grupos, ni mostrar en ellas la distinta representatividad que portan; pensemos, sin ir más lejos, en la regulación de su participación en los debates parlamentarios.
Hasta ahora para intentar solventar estas deficiencias se ha acudido a convenciones internas, como establecer un sistema de rotación cada dos meses en la portavocía del grupo y consiguientemente en
Como vemos estas convenciones, muchas veces antinatura, no satisfacen e incluso distorsionan más si cabe la representatividad.
Por todo ello se propone que reglamentariamente se adopten en las Cortes algunas soluciones ya intentadas en el ámbito autonómico, como puede ser que el portavoz del grupo mixto disponga en
Ello permitiría una cierta fragmentación que vendría a asegurar que cada formación no perdiera su identidad.
http://constitucion.rediris.es/simposium/Propuestas/FuncionamientoGrupoMixto.html
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